

n septiembre de 2025 entra en vigencia el último tramo del aumento salarial para el personal de casas particulares, que totaliza un incremento acumulado del 6,64% respecto a los valores de enero.
La medida fue establecida en la Resolución 1/2025 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), publicada en el Boletín Oficial, y se complementa con una suma fija no remunerativa de pago único por cada mes del tercer trimestre.
De acuerdo con la resolución, los sueldos mínimos por hora y por mes para septiembre se definen según la categoría laboral y la modalidad de contratación.
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Estos montos constituyen la base de cálculo para los adicionales previstos por ley. A los salarios se suma un plus por antigüedad equivalente al 1% por cada año trabajado. En las localidades comprendidas dentro de la región Patagónica corresponde un diferencial del 30% sobre los valores fijados.
Las empleadas que cobran por hora o por día deben recibir estos importes desde el primer día de septiembre, mientras que las trabajadoras mensualizadas percibirán los ajustes al cierre del mes o en los primeros días de octubre, según el cronograma habitual de pagos.
El acuerdo incluyó también una suma no remunerativa de carácter excepcional, que se abona en julio, agosto y septiembre de 2025. El monto varía en función de la carga horaria semanal:
Este adicional se paga de forma independiente al salario y no se incorpora a la base de cálculo para aguinaldo, vacaciones ni aportes.
El entendimiento firmado en julio estableció incrementos que abarcan todas las categorías del régimen laboral de casas particulares. Entre ellas se incluyen:
Cada una de estas categorías percibe ajustes proporcionales según las escalas oficiales fijadas por la CNTCP, que son de cumplimiento obligatorio en todo el país.
Además del aumento salarial y la suma fija, el régimen establece otros beneficios y adicionales que deben ser contemplados en las liquidaciones:
Las trabajadoras mensualizadas recibirán en su liquidación de septiembre los salarios actualizados y la última cuota de la suma fija no remunerativa. En el caso de quienes trabajan por hora o por día, los valores deben aplicarse desde la primera jornada del mes.
La combinación del incremento porcentual acumulado y los adicionales no remunerativos conforma el esquema de ingresos del tercer trimestre de 2025, con vigencia hasta la próxima revisión salarial que defina la CNTCP.